Me
estoy divirtiendo mucho estos días leyendo las noticias a cuenta del
juicio del siglo que enfrenta a Apple y a Samsung. Y no precisamente
leyendo las noticias en sí, sino los comentarios que deja la gente
en los periódicos de Internet.
Como
si de un Madrid-Barsa se tratase, los lectores se han alineado con
alguna de las dos partes, defienden sus posiciones a capa y espada y
descalifican al oponente, llegando incluso al insulto y al lenguaje
soez.
El
argumento central de la historia es que Apple, como compañía
puntera que es, ha desarrollado un producto innovador y
revolucionario que ha generado un gran impacto social y ha cambiado
la idea que se tenía de cómo debe ser un teléfono móvil; y que,
por el otro lado, Samsung, aprovechándose de dicho desarrollo, ha
plagiado los productos de Apple sacando al mercado copias de peor
calidad y, por lo tanto, más baratas.
Evidentemente,
es totalmente lícito y moral que una empresa (llámese Apple,
Boeing, Samsung o Gunitados Blasa) patente sus investigaciones y sus
desarrollos para evitar que otras empresas se aprovechen de su
trabajo e incurran, por lo tanto, en competencia desleal. Pero me
temo (y es una opinión personal) que Apple se extralimita a la hora
de decidir dónde se encuentran los límites de su trabajo.
Al
parecer, según he podido leer en las informaciones que proporcionan
los medios de comunicación, el meollo de la denuncia se basa en cómo
se comportan los dispositivos de Samsung en la interacción con el
usuario; concretamente, la forma como los listados “rebotan”
cuando se llega al último registro y la forma como se puede hacer
zoom “pellizcando” la pantalla con dos dedos. Según la sentencia
que condena a Samsung, estos dos procesos han sido desarrollados por
Apple y copiados por Samsung.
Comparaba
uno de los “defensores” de Apple el caso con otro hipotético en
el que una empresa de neumáticos copia los procesos de fabricación
y los materiales de un desarrollo ajeno, o incluso el caso de que
hiciese una evolución a partir de ese desarrollo ajeno; argumentaba,
con muy buen criterio, que en ambos casos el nuevo fabricante debería
pagar al fabricante original, y que lo contrario sería un robo. Y
estoy completamente de acuerdo con ese argumento, pero creo (y que me
perdone la gran familia de consumidores de Apple) que éste no es el
caso que nos ocupa.
Continuemos
con el símil de los neumáticos. Si Apple se dedicase a este
negocio, sacaría al mercado (tras largos años de investigaciones)
un neumático revolucionario imposible de pinchar. Habrían
desarrollado una disposición especial del esqueleto de acero que
impediría que fuese atravesado por nada y un tratamiento del caucho
que sellaría de inmediato cualquier pequeño corte o grieta; harían
una presentación multitudinaria del nuevo producto, seguida de un
lanzamiento mundial, y la gente haría colas de tres días a las
puertas de Tiendas Aurgi para ser los primeros en poner los nuevos
neumáticos en sus coches.
Poco
tiempo después, Samsung anunciaría que saca al mercado su propio
neumático anti pinchazos, basado en un compuesto derivado de una
mezcla de caucho reciclado con una resina que activa la reacción de
recauchutado en contacto con el aire, con lo que cualquier pinchazo
regenera el neumático. Al no tener que utilizar una densísima red
de acero ni necesitar un tratamiento especial del caucho, el
neumático es más barato.
Y
entonces llega Apple y le planta una denuncia porque el neumático
anti pinchazos lo inventaron ellos.
Apple
(y cualquier empresa) puede patentar un dispositivo concreto o bien
el proceso por el que se consigue que un dispositivo realice una
función, pero no tiene sentido que intente patentar la función en
sí. Se vería completamente ridículo que Motorola, por ejemplo,
demandase a todos los fabricantes de teléfonos móviles porque todos
suenan para avisar de una llamada, o por la función de vibración
que todos poseen (incluso los Apple); sin embargo, se ve bien que
Apple pretenda que no se pueda hacer zoom usando dos dedos.
Según
yo lo veo, Apple está en su perfecto derecho de patentar el
desarrollo informático (software) que permite, a partir de una
pantalla multitáctil realizar un proceso concreto (zoom,
desplazamientos, apertura de aplicaciones…). Si otra empresa es
capaz de ejecutar los mismos procesos de otra forma distinta no
estaría violando ningún derecho de propiedad intelectual. Y como
Apple utiliza su propio sistema operativo, es virtualmente imposible
que Samsung haya copiado sus desarrollos informáticos.
Entre
otras cosas, porque estos desarrollos no son responsabilidad de
Samsung, sino de Android, que es usado por la mayoría de los
fabricantes de teléfonos inteligentes, que realizan las mismas
funciones de la misma manera que los teléfonos de Samsung. Sin
embargo, la denuncia no se ha dirigido contra Android, sino contra
Samsung, en lo que parece más un intento de eliminar del mercado a
su principal competidor que la necesidad de proteger unos supuestos
derechos de autor.
El
problema es que un tribunal con un más que apreciable tufo a
parcialidad (tribunal americano mediando entre una empresa americana
y otra coreana) le ha dado la razón, lo que no puede sino ir en
detrimento de la competencia, la innovación y los derechos de los
consumidores.
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